Plan para la Normalización Social del Asturiano 2005-2007
LA LENGUA ASTURIANA, UN PATRIMONIO CULTURAL COMÚN
El Principado de Asturias, junto a los rasgos compartidos como comunidad autónoma y región europea , reúne una serie de peculiaridades que ponen de relieve su identidad propia, en la que se enmarcan muchos rasgos de tipo económico, geográfico, histórico, etc. El bable o asturiano figura en un lugar destacado entre tales rasgos identitarios, los cuales además de cumplir una función cohesionadora y vertebradora de la Comunidad Autónoma, sirven de centro de atención y de atracción en un mundo cada vez más interconectado.
Nuestra lengua es parte sustancial del patrimonio cultural de Asturias y por tanto forma parte de los parámet ros de nuestra diversidad sociocultural, superponiéndose a otras realidades sociológicas, que, las administraciones públicas en colaboración con entidades y asociaciones, reconocemos y atendemos, siguiendo un principio de elemental respeto y valoración de la diferencia.
Es obligación de las instituciones asturianas, tal como establece la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, proteger y preservar el patrimonio cultural en todas sus manifestaciones, incluida la lengua. El Principado de Asturias, a través del Plan para la Normalización Social del Asturiano, asume esta obligación, diseñando un conjunto de medidas que favorezcan el uso social del asturiano, su protección y promoción.
El uso de la lengua autóctona en todo tipo de actividades genera un tejido de producción económica y cultural en el cual se ven involucrados escritores, periodistas, editores, músicos, productores fonográficos, enseñantes, pedagogos, diseñadores, publicistas, etc. En la actualidad estas actividades alrededor del asturiano se mantienen con gran vigor, y en algunos aspectos están alcanzando un grado de madurez importante.
El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias establece en su artículo 4: “el bable gozará de protección. Se promoverá su uso, su difusión en los medios de comunicación y su enseñanza, respetando, en todo caso, las variantes locales y la voluntariedad en su aprendizaje”.
Asimismo, en el artículo 10.1.21 señala como competencia del Principado: “ el fomento y protección del bable en sus diversas variantes que, como modalidades lingüísticas, se utilizan en el territorio del Principado de Asturias”.
Desde la aprobación de nuest ro Estatuto, el Principado de Asturias ha asumido la dirección, coordinación y ejecución de las actividades relacionadas con el asturiano, ha ido estableciendo medidas de promoción del mismo, especialmente en el campo de la enseñanza. Tales medidas tienen como objetivo la recuperación, conservación y promoción de nuest ra lengua autóctona.
La Ley 1/98, de 23 de marzo de Uso y Promoción del Bable/Asturiano establece en su artículo 3.a “Es objeto de la presente Ley amparar el derecho de los ciudadanos a conocer y usar el bable/asturiano y establecer los medios que lo hagan efectivo”. Estas disposiciones legales, no han evitado que el asturiano y el gallego- asturiano o fala del occidente de Asturias, constituyan realidades lingüísticas que están perdiendo número de hablantes y retrocediendo en el uso social, es por tanto necesario avanzar en la consolidación de lo que se ha hecho hasta el presente y preciso emprender una acción coordinada y planificada dirigida a la normalización social. Por tal se entiende un conjunto planificado de medidas encaminadas a ampliar y facilitar las oportunidades de uso social del asturiano, garantizando su protección y promoción como patrimonio colectivo.
La realidad en la Unión Europea se caracteriza por fomentar el reconocimiento y el respeto a la diversidad lingüística, alejándose cada vez más de las prácticas uniformadoras de otros tiempos. En este sentido el Plan para la Normalización Social del Asturiano, busca un tratamiento digno tanto del asturiano como del gallego- asturiano, aspirando a la consolidación del respeto y la tolerancia lingüística.
El presente Plan pretende sentar las bases de una normalización social de la lengua autóctona, entendiendo que existen déficits en las funciones sociales del bable o asturiano y del gallego- asturiano o fala del occidente, que tenderán a superarse con medidas específicas. Respetando siempre los principios de libertad y voluntariedad en su uso por parte de la ciudadanía.
El Plan para la Normalización Social del Asturiano persigue los siguientes objetivos:
Fomentar progresivamente el uso institucional y público por parte de las administraciones.
Cooperar con las medidas de política lingüística que pongan en marcha los Ayuntamientos asturianos.
Promover la utilización del bable o asturiano y la fala del occidente de Asturias en los medios de comunicación, tanto los de titularidad pública como privada.
Garantizar, en las mejores condiciones, la enseñanza del asturiano y del gallego- asturiano, en todos los niveles educativos, respetando la voluntariedad.
Fijar la toponimia tradicional de Asturias y oficializarla, generalizando su uso.
Desarrollar la información acerca de la lengua autóctona, así como las actitudes positivas respecto a la misma, alentando al tiempo a su uso social.
Impulsar el uso del asturiano en ámbitos como los empresariales, deportivos, sindicales, culturales, artísticos, etc.
Fomentar el uso de nuestra lengua como vehículo de expresión cultural, así como la difusión de los productos culturales en lengua autóctona.
El gallego asturiano o fala del occidente de Asturias , tendrá un tratamiento similar al bable o asturiano en todas las medidas que se recogen en el presente plan.
La Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a través de la Dirección General de Promoción Cultural y Política Lingüística y de la Oficina de Política Lingüística, desarrollará las funciones relativas a la ejecución, coordinación, control y evaluación de los programas, objetivos y acciones recogidos en el presente Plan.
MARCO LEGAL Y NORMATIVO
Varios son los textos legales que amparan las actuaciones en materia lingüística y un Plan para la Normalización Social del Asturiano:
La Constitución Española
El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias
La Ley 1/98 de 23 de marzo, de Uso y Promoción del Bable/Asturiano.
El Decreto 85/2003, de 29 de julio, de estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
El Decreto 38/2002, de 4 de abril, por el que se regula la Junta Asesora de Toponimia del Principado de Asturias.
El Decreto 98/2002, de 18 de julio, por el que se establece el procedimiento de recuperación y fijación de la toponimia asturiana.
El Decreto 71/2004, de 16 de septiembre y el 72/2004, de 16 de septiembre, por los que se aprueban los currículos de Lengua Asturiana de ESO y Bachillerato.
ÁREA I. ÁMBITO INSTITUCIONAL
LÍNEA DE ACTUACIÓN 1.- ADMINISTRACIÓN Y ORGANISMOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
OBJETIVO GENERAL.- Fomentar progresivamente el uso institucional y público del bable o asturiano, y del gallegoasturiano o fala del occidente de Asturias en el ámbito de la Administración y organismos del Principado de Asturias.
Acción 1.- Incrementar la utilización del asturiano y del gallego- asturiano en la publicidad institucional emitida por cualquier organismo del Principado de Asturias.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Organismos y Entes Públicos de la Administración del Principado de Asturias.
Acción 2.- Aumentar el uso del asturiano y del gallegoasturiano en las diversas publicaciones del Gobierno y de los diferentes organismos del Principado de Asturias.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Organismos y Entes Públicos de la Administración del Principado de Asturias
Acción 3.- Incrementar de forma gradual el uso de la lengua autóctona en el portal Princast.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Los organismos emisores de la información publicada, con el asesoramiento de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 4.- Incluir en el Manual de identidad gráfica del Principado de Asturias la imagen corporativa y logotipos bilingües para su aplicación por los diversos organismos de Principado, así como la progresiva rotulación de dependencias oficiales.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo y Consejería de la Presidencia.
Acción 5.- Proponer un Convenio Marco entre el Principado de Asturias y la Administración General del Estado para uso bable o asturiano, y en su ámbito del gallego- asturiano, por parte de los organismos del Estado sitos en Asturias.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de la Presidencia.
Acción 6.- Promover el uso del asturiano y de la fala del occidente, en los museos y bibliotecas del Principado de Asturias.
Plazo: Desde 2005, comenzando por los más relacionados con la cultura asturiana: Muséu Etnográficu del Pueblu d´Asturies,
Museo de la Sidra, Museos Etnográficos de Grandas de Salime y de Porrúa (Llanes).
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 7.- Procurar el uso de la lengua asturiana, y de la fala del occidente, en eventos de especial relevancia programados a lo largo del año, ya sea los organizados por el Principado de Asturias, o aquellos en los que el Principado participa de manera preeminente: Selmana de les lletres asturianes, Día de Asturias...
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Los diversos organismos del Principado de Asturias, con el asesoramiento de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 8.- Facilitar gradualmente al personal del Principado de Asturias el conocimiento y uso de la lengua asturiana, y en su ámbito del gallego- asturiano.
Plazo: A partir del año 2005
Ejecución: Consejería de Economía y Administración Pública.
Acción 9.- Valorar la lengua asturiana y el gallego asturiano, en su ámbito en las oposiciones y concursos, convocados por el Principado de Asturias, cuando las características del puesto de trabajo y la naturaleza de las funciones que vayan a desarrollar lo requieran.
Plazo: A partir del año 2005
Ejecución: Consejería de Economía y Administración Pública.
Acción 10 .- Promover cursos específicos y de formación complementaria para el personal de la Oficina de Política Lingüística que no acrediten conocimientos reglados de lengua asturiana.
Plazo: A partir del 2005
Ejecución: Consejería de Economía y Administración Pública.
Acción 11 .- Potenciar los cursos de lengua asturiana y de gallego- asturiano ofrecidos por el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” para funcionarios del Principado de Asturias.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” en coordinación con la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 12 .- Participar en los Foros en los que se aborden temas relacionados con la Política Lingüística.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 13 –Publicar las Leyes y algunos textos normativos relevantes de forma bilingüe.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de la Presidencia.
Acción 14.- Profundizar en un mejor conocimiento de nuestra realidad sociolingüística.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo
Acción 15.- Colaborar con la Academia de la Llingua para el desarrollo de las funciones que le atribuye la Ley 1/98 de 23 de marzo.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 16 – La Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, es el órgano facultado para la validación de las traducciones de cuantos textos deban ser publicados en bable en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y de cualquier tipo de documentación en asturiano y gallegoasturiano
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, comunicación Social y Turismo.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 2.- POLÍTICA LINGÜÍSTICA MUNICIPAL
OBJETIVO GENERAL.- Apoyar y cooperar con las medidas de política lingüística que emprendan los Ayuntamientos en su ámbito.
Acción 17 .- Facilitar asesoramiento técnico a aquellos municipios que decidan la puesta en marcha de servicios de normalización sociolingüística en su ámbito municipal.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 18 .- Apoyar económicamente el desarrollo de programas que estén en consonancia con los objetivos generales del presente Plan para la normalización social del asturiano, y del gallego- asturiano en el ámbito municipal, a través de la convocatoria general de subvenciones.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 19 .- Potenciar en el ámbito municipal estudios en o sobre el asturiano y el gallego- asturiano.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
ÁREA II. ENSEÑANZA
OBJETIVO GENERAL.- Garantizar, en las mejores condiciones, el derecho a la enseñanza de la lengua asturiana y, en su ámbito, del gallego-asturiano o fala.
Acción 20 .- Completar la redacción de los currículos de Lengua Asturiana, Gallego- Asturiano de Enseñanza Primaria, Enseñanza Secundaria y Bachillerato.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia.
Acción 21 .- Completar las pautas de adecuación de los currículos de otras materias a la realidad cultural asturiana.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia.
Acción 22 .- Realizar anualmente una Campaña Informativa de Matriculación en Lengua Asturiana y Gallego- Asturiano, para difundir en los períodos de matriculación.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia y Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 23 .- Garantizar la oferta de Lengua Asturiana y Gallego-Asturiano en todos los niveles y grados educativos, respetando la voluntariedad de su aprendizaje.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia.
Acción 24 .- Asegurar en la enseñanza del asturiano y del gallego asturiano el cumplimiento de las ratios mínimas de alumnos, según marcan las instrucciones y resoluciones de la Consejería de Educación y Ciencia, en donde se definen también criterios de flexibilidad.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia.
Acción 25 .- Establecer un programa de coordinación y seguimiento del bable o asturiano y del Gallego-Asturiano o fala del occidente.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia.
Acción 26 .- Fomentar y apoyar programas específicos en los que interviene la Lengua Asturiana y el Gallego-Asturiano, como “Per dayuri Asturies” o “Crecer leyendo/Medrar lleendo”.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia y Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 27 .- Cooperar con las iniciativas de la Universidad, o de sus centros, favorables a la normalización social e investigación de la lengua autóctona.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: La Consejería de Educación y Ciencia y la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 28 .- Apoyar las acciones e iniciativas emprendidas por la Universidad de Oviedo para la creación y reconocimiento de los títulos homologados de Filología Asturiana, en el marco del espacio universitario europeo.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: La Consejería de Educación y Ciencia
Acción 29 .- Promover la edición de un manual y elaborar un Programa General para la Enseñanza de adultos sobre la lengua y cultura asturiana.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia.
Acción 30 .- Continuar promoviendo la mejora de la formación permanente del Profesorado que está impartiendo lengua asturiana y gallego- asturiano, así como el conocimiento y difusión de los aspectos de la cultura tradicional.
Plazo: Desde 2005.
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia y Universidad de Oviedo.
Acción 31 .- Impulsar la convocatoria de subvenciones para la edición de libros de texto en Lengua Asturiana y Gallego-Asturiano.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia y Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 32 .- Elaborar materiales didácticos en soporte multimedia para la incorporación de aspectos sociolingüísticos asturianos en las diversas áreas.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia.
Acción 33 .- Promover la actualización de los fondos de libros en asturiano, y en gallego asturiano en su ámbito, en las bibliotecas de los centros, dentro del proyecto común de favorecer la integración de la Biblioteca en el Centro.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Educación y Ciencia y, con la colaboración de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 34 .- Realizar un estudio jurídico sobre la posible especialidad del profesorado de lengua asturiana y gallegoasturiana en la enseñanza no universitaria.
Plazo 2006
Ejecución: Consejería de la Presidencia.
ÁREA III. RECUPERACIÓN TOPONÍMICA
OBJETIVO GENERAL.- Fijar los topónimos tradicionales en asturiano y gallego- asturiano, hacerlos oficiales y generalizar su uso.
Acción 35 . Regular el funcionamiento de la Junta Asesora de Toponimia del Principado.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 36 .- Elaborar los expedientes toponímicos parciales, por concejos o mancomunidades, oídos éstos, para su aprobación y oficialización por el Consejo de Gobierno.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 37 .- Publicar el Nomenclátor y mapa de Topónimos Oficiales del Principado de Asturias.
Plazo: Año 2007
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 38 .- Realizar campañas informativas haciendo especial hincapié en los organismos públicos, sobre el nomenclator toponímico oficial, instando a su uso.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 39 .- Renovar y adecuar progresivamente la rotulación toponímica de vías públicas y carreteras del Principado de Asturias.
Plazo: Desde 2005.
Ejecución: Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.
Acción 40 .- Renovar y adecuar progresivamente la rotulación toponímica de mapas y planos oficiales del Principado de Asturias.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.
Acción 41 .- Realizar un Protocolo o Convenio con la Administración General del Estado para el reconocimiento y uso de la toponimia oficializada.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
ÁREA IV. MEDIOS DE COMUNICACIÓN
OBJETIVO GENERAL.- Promover y garantizar el uso del bable o asturiano, y del gallego- asturiano o fala, en los medios de comunicación.
Acción 42 .- Elaborar unas bases para el tratamiento de la lengua asturiana en los medios de comunicación.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 43 .- Apoyar la normalización social del bable o asturiano, y del gallego-asturiano en los medios de comunicación mediante convocatorias públicas de subvenciones.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 44 .- Organizar cursos específicos, en colaboración con la Universidad de Oviedo y la Academia de la Llingüa, para la utilización de la lengua asturiana y del gallegoasturiano o fala, por los profesionales de los medios de comunicación.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 45 .- Promover el uso de la lengua asturiana y de la fala del occidente de Asturias, en el Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias, como instrumento de normalización social.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo y Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias.
ÁREA V. PROMOCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN SOCIAL
OBJETIVO GENERAL.- Desarrollar la información acerca del bable o asturiano y del gallego-asturiano o fala del occidente, en su ámbito, así como las actitudes lingüísticas positivas, alentando al tiempo el uso social de nuestra lengua.
Acción 46 .- Realizar campañas anuales de fomento del uso y de sensibilización positiva del asturiano, y del gallegoasturiano en su ámbito.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 47 .- Fomentar el uso del bable o asturiano, y del gallego-asturiano, en el ámbito social del deporte.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 48 .- Fomentar el uso de la lengua asturiana y del gallego-asturiano o fala en empresas, comercios y establecimientos hosteleros.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo y Consejería de Industria y Empleo.
Acción 49 .- Llevar a cabo campañas de sensibilización dirigidas a dignificar y valorar el uso bable o asturiano en las marcas de calidad, especialmente en el sector agroalimentario.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 50 .- Promocionar el uso de la onomástica personal en nuestra lengua autóctona.
Plazo: Desde 2005.
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 51 .- Propiciar que las denominaciones de origen de productos tradicionales se expresen en asturiano, y gallegoasturiano, como contribución a su imagen de calidad.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 52 .- Fomentar el uso del asturiano, y del gallegoasturiano o fala, en la actividad de las asociaciones, especialmente en su proyección pública.
Plazo: Año 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
ÁREA VI. PRODUCCIÓN CULTURAL
OBJETIVO GENERAL.- Fomentar el uso del bable o asturiano, y en su ámbito del gallego-asturiano o fala del occidente, como vehículo de expresión cultural en todos los niveles, así como la difusión de los productos culturales en lengua autóctona.
Acción 53 .- Impulsar la edición de libros en asturiano, y en gallego-asturiano, favoreciendo la calidad y el interés sociolingüístico, mediante la convocatoria de subvenciones.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 54 .- Apoyar la edición de libros de literatura infantil y juvenil en asturiano y en gallego asturiano mediante la convocatoria de subvenciones.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 55 .- Apoyar la normalización social de la lengua asturiana, y en su caso de la fala del occidente, en las producciones musicales, favoreciendo la calidad.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 56 .- Apoyar la normalización social de la lengua asturiana, y en su caso de la fala del occidente, en las actividades audiovisuales y cinematográficas, favoreciendo la calidad.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 57 .- Potenciar concursos literarios en nuestra lengua autóctona.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 58 .- Fomentar la Creación Literaria en Asturiano y en Gallego-Asturiano.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 59 .- Publicar anualmente la actualización del catálogo bibliográfico en bable o asturiano y en gallegoasturiano.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 60 - Publicar mediante coedición las obras premiadas en los concursos convocados por la Consejería de Cultura.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 61 .- Impulsar la distribución de libros en asturiano y en gallego-asturiano, en bibliotecas, centros de enseñanza y Centros Asturianos.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Consejería de Educación y Ciencia, Consejería de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores y la Consejería de la Presidencia.
Acción 62 .- Promover la realización de cursos de bable o asturiano y de la fala del occidente para emigrantes y sus descendientes.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Consejería de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores y la Consejería de la Presidencia.
Acción 63 .- Fomentar la presencia de la producción editorial en asturiano y en gallego-asturiano en las ferias de libros de dentro y de fuera de Asturias.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 64.- Potenciar la Selmana de les Lletres Asturianes.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 65 Afianzar la celebración del Alcuentru d'Escritores n'Asturianu Occidental.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 66. - Instituir el Premiu de les Lletres Asturianes, de periodicidad bianual.
Plazo: Año 2006
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 67 .- Participar en la exposición Expolingua de Madrid.
Plazo: Desde 2005
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Acción 68 .- Organizar una gran exposición sobre la lengua y cultura asturiana , con carácter itinerante.
Plazo: Año 2006
Ejecución: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.